LEY NÚMERO 1626 / DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
La ley número 1626 de la Función Pública del año 2.000, tiene por objetivo regular la situación jurídica de los funcionarios y de los empleados públicos, el personal de confianza, el contratado y el auxiliar, que presten servicio en la Administración Central, en los entes descentralizados, los gobiernos departamentales y las municipalidades, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la banca pública y los demás organismos y entidades del Estado.





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